Hay mucho ruido con esto y poca explicación útil. Vamos por partes.
Qué es exactamente
Verifactu no es un impuesto nuevo ni un trámite. Es un reglamento sobre cómo debe comportarse tu programa de facturación.
Nace del Reglamento de Requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación (RD 1007/2023), que desarrolla la llamada ley antifraude. Su objetivo es que una factura no se pueda modificar ni borrar después de emitida sin que quede rastro.
Para conseguirlo exige tres cosas al software:
- Un registro de facturación por cada factura, generado en el momento de emitirla.
- Encadenamiento criptográfico: cada registro incorpora una huella del anterior. Si alguien altera o elimina uno, la cadena se rompe y se nota.
- Un código QR en la factura, que permite verificarla.
Y además, un registro de eventos del sistema: quién hizo qué y cuándo.
Las dos modalidades
Aquí se confunde casi todo el mundo.
Verifactu (remisión voluntaria). Cada registro se envía a la Agencia Tributaria en el momento de emitir. A cambio, el sistema tiene menos obligaciones de conservación y el contribuyente queda en una posición más cómoda.
No Verifactu. No se envía nada, pero el sistema debe conservar los registros con todas las garantías, mantenerlos disponibles y cumplir requisitos adicionales de integridad. Es más exigente para el software, no menos.
Las dos son legales. La primera es más sencilla de gestionar para la mayoría de pymes.
Las fechas
Según el calendario vigente a septiembre de 2026:
| Quién | Desde cuándo |
|---|---|
| Sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 |
| El resto de empresas y autónomos | 1 de julio de 2027 |
Ha habido aplazamientos respecto a las fechas que se anunciaron inicialmente, así que conviene confirmarlo en la sede electrónica de la Agencia Tributaria antes de tomar una decisión grande. Lo que no ha cambiado en ninguna versión del calendario es que hay que adaptarse.
Qué deja de valer
Word y Excel. Es lo más directo: una factura hecha en una hoja de cálculo no puede garantizar inalterabilidad ni encadenamiento. Si facturas así, vas a tener que cambiar sí o sí.
Programas antiguos sin plan de adaptación. Si tu proveedor no ha anunciado nada, pregunta ahora. La respuesta te dirá si vas a tener que migrar.
Desarrollos propios sin mantener. Ese programa que hizo alguien hace doce años necesita encadenamiento criptográfico, QR y registro de eventos. No es un parche pequeño.
Verifactu no es la factura electrónica obligatoria
Esta confusión es la más extendida y conviene tenerla clara, porque son dos normativas distintas con calendarios distintos:
| Verifactu | Factura electrónica B2B | |
|---|---|---|
| Qué regula | Cómo se comporta tu software al emitir | El formato en que se intercambian las facturas entre empresas |
| De dónde viene | RD 1007/2023, ley antifraude | Ley Crea y Crece |
| A quién afecta | A quien emite facturas | A las operaciones entre empresas y profesionales |
Puedes cumplir una y no la otra. Vas a tener que cumplir las dos.
Qué hacer, y en qué orden
1. Averigua qué usas y qué plan tiene
Es el paso que todo el mundo se salta. Llama a tu proveedor de software y pregúntale dos cosas concretas: si su producto va a ser conforme, y en qué fecha va a estar disponible la versión adaptada.
Si la respuesta es vaga, ya tienes tu respuesta.
2. Decide si adaptas o cambias
Si tu programa se adapta con una actualización, perfecto. Si hay que cambiar, aprovecha para revisar si el sistema que tienes te sirve de verdad o llevas años aguantándolo.
Es el momento natural para plantearse si el programa de facturación debería estar dentro de tu sistema de gestión en vez de ser una isla aparte.
3. Cuida las series y la numeración
Aquí es donde se producen los sustos. Al migrar de sistema hay que mantener la continuidad de la numeración de las series y conservar el acceso al histórico anterior. Es la parte que más se subestima y la que genera más problemas en una inspección.
4. Forma a quien factura
La persona que emite facturas a diario necesita media hora de explicación sobre qué cambia. No es complicado, pero conviene que no se lo encuentre un martes por sorpresa.
Por qué moverse en 2026 y no en 2027
Dos razones prácticas, ninguna legal.
Cambiar de sistema de facturación con calma lleva semanas. Con prisa lleva a errores en series, en numeración y en el traspaso del histórico. Y esos errores son exactamente los que se miran después.
Cuando se acerque la fecha, todos los proveedores tendrán la agenda llena. Es un mercado con una fecha límite común: en el primer trimestre de 2027 va a querer migrar todo el mundo a la vez. Los precios y los plazos lo van a reflejar.
Lo que no tienes que hacer
No entres en pánico ni compres lo primero. Hay bastante venta agresiva alrededor de esto, con mensajes de urgencia que no se corresponden con el calendario real. Tienes tiempo: úsalo para elegir bien.
No confundas «compatible con Verifactu» con «homologado». La Agencia Tributaria no homologa productos. Lo que existe es una declaración responsable del fabricante de que su sistema cumple el reglamento. Pide que te la den por escrito.
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